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El Código de Trabajo establece que el desahucio debe ser presentado al menos con 15 días de anticipación al empleador, término que puede ser reducido por mutuo acuerdo. Una vez aceptada la renuncia, y fijado el día de conclusión de labores, se firmará el aviso de salida y el acta de finiquito con la indemnización correspondiente. La indemnización se calculará de acuerdo a lo siguiente: 1. Un recargo del 25% del último sueldo por cada año de servicio 2. El valor de la décimo tercera y décimo cuarta remuneración que ha acumulado. 3. El valor proporcional a las vacaciones no gozadas
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Lo que dicen otros usuarios
El abogado que me atendió fue bastante claro con el proceso de migración, La persona es muy preparada y con experiencia.
Gracias a su recomendación tuve una muy saludable y buena experiencia al contar con los servicios del estudio. Son abogados expertos y honorables que resolvieron en forma justa mi caso. Gracias.
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Buenas, disculpe necesito saber cuando me darían si llego a poner la renuncia. Yo estuve 6 meses con permisos médicos. los últimos dos meses si ya tuve mi sueldo normal, y acumulé décimos, no he tomado vacaciones, y entré en noviembre de 2015