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El artículo innumerado siguiente al 268 del Código de Trabajo establece que "A los empleados y trabajadores domésticos se garantiza los mismos beneficios de cualquier otro trabajador en general, debiendo sus jornadas de trabajo y descanso ser de cinco días a la semana o sea cuarenta horas hebdomadarias y los días sábados y domingos serán de descanso. Si en razón de las circunstancias, no pudiere interrumpirse el trabajo en tales días, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores."Respecto a las vacaciones, el artículo 73 del mismo código establece que "En el contrato se hará constar el período en que el trabajador comenzará a gozar de vacaciones. No habiendo contrato escrito o tal señalamiento, el empleador hará conocer al trabajador, con tres meses de anticipación, el período en que le concederá la vacación" Por lo que si puede establecerse un período, pero no puede obligarse a adelantarlas Por otro lado la retención no tiene ninguna base legal, por lo que puede considerarse un mecanismo de coacción por lo que puede ser objeto de denuncia ante el Ministerio de Trabajo
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Lo que dicen otros usuarios
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Buen dia la consulta ea laboral 1. Las empleadas domesticas tienen q laborar las 9 horas. 2. Si el jefe le quiere hacer c9jer vacaciones adelantadas del 2021 es obligación o solo lo puede descontar con los dias sábados. Y 3. Si no son vacaciones los dias q hay q descontar no se cuenta sabado ni domingo solo dias laborables. Xfa ayudeme hay tengo problemas en ese tema y x eao me detienen mi decimo x no firmar ese papell de q ella me pone asi