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laboral - liquidacion laboral en periodo de prueba




El USUARIO PREGUNTA:

Buenos días, estuve en un trabajo por tres meses y no pude seguir me notificaron este viernes q pasó, deseo saber cuál es el proceso de liquidación y si hay algún rubro además de mi sueldo deba recibir por ley, como el porcentual del décimo q se paga en diciembre. Estuve desde septiembre 03 hasta el viernes anterior, muchas gracias de antemano la información q me puedan dar


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

El artículo 15 del Código de Trabajo determina que en los contratos de trabajo puede pactarse un período de prueba de 90 días para el trabajador. Dentro de este tiempo cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato de manera libre sin que medie indemnización alguna, lo que corresponde en la liquidación es el pago por los días laborados hasta la fecha de notificación.



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