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El artículo 125 del Código Orgánico de Niñez y Adolescencia, señala que: "Art. 125.- Retención indebida del hijo o la hija.- El padre, la madre o cualquier persona que retenga indebidamente al hijo o hija cuya patria potestad, tenencia o tutela han sido encargadas a otro, o que obstaculice el régimen de visitas, podrá ser requerido judicialmente para que lo entregue de inmediato a la persona que deba tenerlo y quedará obligado a indemnizar los daños ocasionados por la retención indebida, incluidos los gastos causados por el requerimiento y la restitución. Si el requerido no cumple con lo ordenado, el Juez decretará apremio personal en su contra, sin perjuicio de ordenar, sin necesidad de resolución previa, el allanamiento del inmueble en que se encuentra o se supone que se encuentra el hijo o hija, para lograr su recuperación." Por lo que debe acudir a instancias judiciales para regularizar tal estado.
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Lo que dicen otros usuarios
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Mi hija solía irse los fines de semana con su padre. El padre le sacaba información sobre mi persona para amenazar a mí, a mis amigos y a mis familiares. Saqué una boleta de auxilio y puse una denuncia por maltrato psicológico. Él se fue de la casa, pero él no quiere divorciarse. Mi hija me insultó luego de haber pasado con su papá y le di una cachetada. Posteriormente, se fue un fin de semana con su padre pero una vez acontecido esto, ella ya no quería volver porque dice que sufre maltrato. Esto fue hace 13 días. Él me puso una denuncia por maltrato infantil. Alegando que yo le exijo que salga con mi pareja y que le diga papá. Además que él indica que yo le pego. Por ende, dice que mi hija corre demasiado peligro en mi casa. A mí me dijeron que yo puedo hacer una denuncia de que mi hija no viene y con esto irme a la DINAPEN pero yo no puedo acercarme al señor para ir a hacer el rescate de mi hija. Tomando en cuenta que él hizo una denuncia de maltrato infantil con mentiras ¿Qué debo hacer? Él dice que primero debo hablar con él.