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por lo que entiendo del caso en cuestión usted se encuentra ante un traslado administrativo, se llama traslado administrativo al movimiento, debidamente motivado, de la servidora o servidor público de un puesto a otro vacante, de igual clase y categoría o de distinta clase pero de igual remuneración, dentro de la misma entidad y que no implique cambio de domicilio,las condicionantes son las siguientes: a) Ambos puestos tengan igual remuneración; y, b) La candidata o el candidato al traslado cumpla los requerimientos para el puesto al cual va a ser trasladado.
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Lo que dicen otros usuarios
El abogado que me atendió fue bastante claro con el proceso de migración, La persona es muy preparada y con experiencia.
Gracias a su recomendación tuve una muy saludable y buena experiencia al contar con los servicios del estudio. Son abogados expertos y honorables que resolvieron en forma justa mi caso. Gracias.
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Soy trabajador de la EPMMOPQ, trabajo 27 años desde el 2011 cumplo funciones de supervisor de obra civil, por medio de un documento, siendo mi cargo de ASISTENTE EJECUTOR DE PROCESOS 2, soy de carrera civil administrativo. La consulta es la siguiente: ¿La empresa puede hacerme cumplir mis funciones de acuerdo al cargo que tengo, y dejar de cumplir mis funciones actuales como supervisor de obra civil? De antemano mi agradecimiento.