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Se debe prestar atención a la modalidad de contrato bajo la que usted se encuentra en relación de dependencia. Si su contrato es individual de trabajo, usted tiene el derecho de quince días ininterrumpidos de vacaciones. Adicionalmente, "los trabajadores que hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de los años excedentes". Es decir que, cuando usted cumpla 6 años de trabajo, podrá gozar de 16 días de vacación o recibir en dinero la remuneración correspondiente a los días excedentes. Con respecto a los décimos: la décimo tercera remuneración es el equivalente a lo trabajado en el año. Por ende, si usted le informó a su empleador que deseaba acumular su décimo para que se lo entreguen en diciembre, el monto total es de 200$. Por otro lado, la décima cuarta remuneración es "una bonificación mensual equivalente a la doceava parte de la remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general".
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Lo que dicen otros usuarios
El abogado que me atendió fue bastante claro con el proceso de migración, La persona es muy preparada y con experiencia.
Gracias a su recomendación tuve una muy saludable y buena experiencia al contar con los servicios del estudio. Son abogados expertos y honorables que resolvieron en forma justa mi caso. Gracias.
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buenas tardes mi consulta es la siguiente: trabajo desde hace 5 años en una lavandería de lunes a viernes de 2 a 6 de la tarde donde me pagan 200 dolares al mes por que es medio tiempo. resulta que hasta el mes de octubre de este año los feriados establecidos no los trabajaba y ya en noviembre ella me dice que a averiguado y le han dicho que por mi jornada no me corresponde acogerme a la ley de feriados por que ademas ella me da UNA SEMANA DE VACACIONES las cuales recién este año me las dio luego de todo el tiempo que he trabajado con ella y para el mes de abril de este año si me dio 100 dolares, EL MES DE DICIEMBRE ME DIO 60 DOLARES.AMBOS valores supuestamente de decimos. es legal lo que ella dice con respecto a los feriados y lo que hace respecto a los supuestos decimos muchas gracias