¿Conoces tus derechos como consumidor?
En nuestro país la Ley de Defensa del Consumidor define en su artículo 2 a los consumidores como: “toda persona natural o jurídica que, como destinatario final, adquiera, utilice o disfrute bienes o servicios, o bien reciba oferta para ello.”
¿Qué derechos tiene un consumidor o usuario?
Además
de todos los derechos que se encuentran en nuestra Constitución Política de la
República y los tratados internacionales que existen sobre la materia, por
mandato legal se tienen los siguientes derechos:
- Derecho
a recibir servicios básicos de óptima calidad
- Recibir
la información adecuada, clara y completa de los bienes y servicios que se
ofertan, así como sus precios, características, así como calidad y riesgos que
pudieran tener
- Protección
contra la publicidad engañosa o abusiva, métodos coercitivos o desleales de
venta
- Reparación
e indemnización por daños y perjuicios por deficiencia o mala calidad de lo que
adquiere
- Derecho
a seguir acciones administrativas o judiciales
- Derecho a que las empresas mantengan un libro de reclamos, debidamente reglamentado
¿Qué
otras disposiciones se establecen a favor de los consumidores?
El
artículo 9 de la Ley de Defensa al Consumidor establece que todo bien que esté
en el comercio debe exhibirse con la especificación de:
- Precio
- Peso
- Medidas
- Precio final incluido impuestos y otros recargos
Así
mismo la ley antes mencionada establece que los datos expuestos en las
etiquetas, envases o empaques deben estar ofertados:
- Idioma
castellano
- Moneda
de curso legal
- Unidad
de medida aplicada en el país
Respecto
a la garantía de los productos esta solo puede ser usada cuando de forma
expresa se indique en qué consiste tal garantía, así como las condiciones el
plazo y el lugar en que el consumidor o comprador pueda hacer uso de esta.
Si se comercializa un producto deficiente o que ha sido usado debe indicarse de manera visible que este ha sido usado, reconstruido o posee alguna deficiencia según sea el caso. Este aviso debe constar tanto en los anuncios como en las facturas o comprobantes de venta.
¡Haz esto si el producto que compraste tiene defectos!
El
artículo 20 de la Ley de Defensa del Consumidor establece que el comprador en
caso de esta circunstancia puede solicitar:
- La
rescisión del contrato
- Que
se reponga el bien
- Que
se rebaje el precio
Esto
siempre y cuando este defecto disminuya la calidad o la posibilidad del uso del
bien, o que de haberlo conocido el consumidor no lo habría adquirido o habría
dado un precio menor.
Si
el bien se ha sometido a reparación y este presenta defectos relacionados con
el servicio de reparación realizado y resulta imputable al prestador del
servicio, el consumidor tiene derecho a:
- Que
en 90 días desde la entrega se le repare sin costo adicional el bien
- Que se reponga el bien en un plazo no mayor a 30 días