¿Conoces tus derechos como consumidor?


En nuestro país la Ley de Defensa del Consumidor define en su artículo 2 a los consumidores como: “toda persona natural o jurídica que, como destinatario final, adquiera, utilice o disfrute bienes o servicios, o bien reciba oferta para ello.”


¿Qué derechos tiene un consumidor o usuario?

Además de todos los derechos que se encuentran en nuestra Constitución Política de la República y los tratados internacionales que existen sobre la materia, por mandato legal se tienen los siguientes derechos:

  • Derecho a recibir servicios básicos de óptima calidad
  • Recibir la información adecuada, clara y completa de los bienes y servicios que se ofertan, así como sus precios, características, así como calidad y riesgos que pudieran tener
  • Protección contra la publicidad engañosa o abusiva, métodos coercitivos o desleales de venta
  • Reparación e indemnización por daños y perjuicios por deficiencia o mala calidad de lo que adquiere
  • Derecho a seguir acciones administrativas o judiciales

  • Derecho a que las empresas mantengan un libro de reclamos, debidamente reglamentado 


¿Qué otras disposiciones se establecen a favor de los consumidores?

El artículo 9 de la Ley de Defensa al Consumidor establece que todo bien que esté en el comercio debe exhibirse con la especificación de:

  • Precio
  • Peso
  • Medidas

  • Precio final incluido impuestos y otros recargos 




Así mismo la ley antes mencionada establece que los datos expuestos en las etiquetas, envases o empaques deben estar ofertados:

  • Idioma castellano
  • Moneda de curso legal
  • Unidad de medida aplicada en el país

Respecto a la garantía de los productos esta solo puede ser usada cuando de forma expresa se indique en qué consiste tal garantía, así como las condiciones el plazo y el lugar en que el consumidor o comprador pueda hacer uso de esta.

Si se comercializa un producto deficiente o que ha sido usado debe indicarse de manera visible que este ha sido usado, reconstruido o posee alguna deficiencia según sea el caso. Este aviso debe constar tanto en los anuncios como en las facturas o comprobantes de venta.


¡Haz esto si el producto que compraste tiene defectos!

El artículo 20 de la Ley de Defensa del Consumidor establece que el comprador en caso de esta circunstancia puede solicitar:

  • La rescisión del contrato
  • Que se reponga el bien
  • Que se rebaje el precio

Esto siempre y cuando este defecto disminuya la calidad o la posibilidad del uso del bien, o que de haberlo conocido el consumidor no lo habría adquirido o habría dado un precio menor.

Si el bien se ha sometido a reparación y este presenta defectos relacionados con el servicio de reparación realizado y resulta imputable al prestador del servicio, el consumidor tiene derecho a:

  • Que en 90 días desde la entrega se le repare sin costo adicional el bien

  • Que se reponga el bien en un plazo no mayor a 30 días


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